ACCESO A LA JUSTICIA. Parte 2*

Acceso a la justicia parte 2

Investigación elaborada por Crissthian Manuel Olivera Fuentes y Jeannette Llaja Villena producto del concurso regional “Valorando la justicia: investigaciones periodísticas sobre transparencia judicial”. Lima, 25 de abril de 2015

Acceso a la justicia: un deber del Estado

El Estado peruano tiene la obligación de garantizar que todas las personas ejerzan sus derechos humanos sin discriminación alguna. Este deber no se cumple en el caso de las lesbianas, gais, bisexuales, transintersex y queers (LGBTIQ), cuyas existencias y realidades son constantemente invisibilizadas: no solo se les desconoce derechos sino que se deja impune las violaciones a éstos.

En ese marco, el sistema de justicia tiene un rol gravitante en la vigencia de los derechos humanos, en especial frente a la violencia generada y legitimada por la homofobia, lesbofobia y transfobia que persiste en nuestra sociedad.

No debe olvidarse que cada institución del sistema de justicia, en el marco de sus funciones, tiene la obligación de actuar con la debida diligencia para investigar los hechos, sancionar a los responsables y reparar a las víctimas, todo ello reconociendo que estos casos son fundamentalmente una expresión de la histórica discriminación que sufre la población LGBTIQ.

Pese al rol que juegan los diferentes órganos del sistema de justicia, los pocos estudios realizados evidencian que éstos no se encuentran preparados para atender casos de violencia homo/lesbo/transfóbica y en ese sentido son proclives a re victimizar a las personas agraviadas y discriminarlas por su orientación sexual e identidad de género; ello sin mencionar la cantidad de casos en que los perpetradores de la violencia son los mismos operadores de justicia (Policía o Serenazgo).

Los operador@s de justicia no escapan al mandato social de la heteronormatividad que rige el sentido común de la población en general, situación que persiste en tanto sus autoridades no han adoptado casi ninguna medida para revertir esta situación. En ese sentido, se podría decir que en la mayoría de los casos su acercamiento a la problemática se da desde el desconocimiento o la estigmatización de la población LGBTIQ.

La violencia contra gais

La sigla LGBTIQ ha sido eficaz para evidenciar la situación de vulnerabilidad en la que se ha colocado a estas poblaciones en una sociedad marcada por el mandato heterosexual y donde las iglesias evangélicas y la católica han tenido (y tienen) una enorme influencia en las decisiones políticas del Estado.

Sin embargo, dicha sigla esconde diferentes experiencias de discriminación y violencia marcadas por las especificidades que implican una orientación sexual o una identidad de género ajena al mandato hegemónico de la sexualidad.

En el caso de los gais, la principal violencia que enfrentan está vinculada a su alejamiento del modelo predominante de masculinidad impuesto a los varones. En esencia, ser gay es la antítesis de la masculinidad, es sinónimo de lo abyecto. Cuanto más visible sea su expresión, mayor será la represión y la violencia que se ejerza contra ellos.

En el informe de violencia del colectivo No Tengo Miedo se señalan los siguientes tipos de violencia más recurrentes para los gais:

Según No Tengo Miedo, la violencia institucional o estructural se expresa de diversas maneras, “como cuando un profesor o profesora violenta a un alumno a través de distintos mecanismos, cuando un policía o serenazgo violenta a una persona sin las herramientas legales que lo amparen o cuando las estructuras mismas de una sociedad, amparadas bajo la política de Estado, no le permiten a un individuo desarrollarse plenamente como ser humano”.

Por ello vemos frecuentemente una vigilancia y control social de la sexualidad en los espacios públicos, sobre todo por parte de policías y serenos. Las expresiones de afecto de gais (pero también de lesbianas) suelen ser inmediatamente reprimidas bajo el pretexto de atentar contra la moral y las buenas costumbres.

La invisibilización, producto de la sociedad heteronormativa, ha creado otro dispositivo de (auto)control y (auto)represión: el clóset. Si bien cada persona es libre de asumir públicamente o no su homosexualidad, el hecho de que algunos opten, necesiten o se vean obligados a ocultar una parte de sí (con posibles impactos negativos en su salud mental) es la videncia de que vivimos aún en una sociedad que no acepta la diversidad sexual. El clóset no existiría si se garantizara y respetara al 100% la libertad y la igualdad.

Agresiones verbales y físicas en la calle y el trabajo, bullying en el centro educativo, extorsión y chantaje son las principales formas de violencia que nuestr@s entrevistad@s han mencionado para el caso de gais (Susel ParedesManuel Forno y Raúl Valdivia).

“Antes yo confiaba en la justicia”

Descreimiento y decepción de la justicia peruana es lo que nos transmite Luis Alberto Rojas Marín, un ciudadano gay al que tres policías de su localidad decidieron que podían violarlo. Esta es su historia:

VíctimaLuis Alberto Rojas Marín 
DenunciadosDino Ponce Pardo, Luis Quispe Cáceres y Juan León Mostacero (efectivos policiales) 
DelitoTortura, violación sexual y abuso a la autoridad 
LugarDistrito de Casagrande, provincia de Ascope, región La Libertad 
RepresentantesPROMSEX – Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos 
La tortura y violación sexual en la comisaríaEl 25 de febrero de 2008, aproximadamente a las 12:30 de la noche, Luis Alberto Rojas fue intervenido por el personal de Serenazgo y un efectivo policial (Luis Quispe Cáceres). Se le trasladó a la comisaría de Casagrande, teóricamente porque no portaba DNI y se iba a proceder a su plena identificación. En el local policial, Luis Alberto fue encerrado en una de las habitaciones. Los policías Dino Ponce Pardo, Luis Quispe Cáceres y Juan León Mostacero le preguntaron reiteradamente, con palabras soeces, si le gustaba el órgano sexual masculino, además de propinarle cachetadas y otros golpes. Fue objeto de tocamientos y desnudado a la fuerza. El Sub Oficial Dino Ponce Pardo le introdujo dos veces por el recto una vara de goma, ocasionándole sangrado. La víctima permaneció desnuda hasta las 6:00 de la mañana, hora en que fue liberado. 
Acceso a la justiciaLuis Alberto trató de realizar la denuncia el mismo día ante la comisaría, sin embargo, ésta no fue aceptada porque no se encontraba el jefe de la dependencia policial (Mayor PNP Segundo Gutiérrez Reyna). La denuncia fue recibida recién el 27 de febrero de 2008. La fiscal Reyna Elizabeth Ruiz Guio, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Ascope, conoció el caso el mismo día de interpuesta la denuncia y dispuso la realización del reconocimiento médico legal. Por responsabilidad de la misma Fiscalía, el examen se realizó recién el 29 de febrero de 2008, fecha en la que además la víctima entregó las prendas que usó el día de la violación de sus derechos. En la realización de la pericia el fiscal adjunto, Alfredo Galindo Peralta, ingresó al consultorio médico y en todo momento cuestionó que las heridas fueran producto de la violación y trató de presionar al médico para que consignara menos días de atención facultativa al agraviado. El 16 de junio de 2008, la Segunda Fiscalía Provincial de Ascope, liderada en ese momento por el fiscal Manuel Javier López Méndez, resolvió no ha lugar la investigación por tortura, pese a los requerimientos de la víctima. Esta decisión fue confirmada por la Primera Fiscalía Superior Penal de La Libertad el 28 de agosto de 2008. El 20 de octubre de 2008, la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Ascope archivó las investigaciones por los delitos de violación sexual y abuso de autoridad, pedido que fue aceptado por el Juez Instructor el 9 de enero de 2009. 
Denuncia InternacionalEl 14 de abril de 2009 PROMSEX, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) y Redress Trust: Seeking Reparations for Torture Survivors presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El 6 de noviembre de 2014 la CIDH emitió el Informe 99/14, e cual declaró admisible la petición. 

La violencia contra lesbianas

La violencia contra las lesbianas suele tener diferentes características a la experimentada por los gais o por las personas trans.

No se cuenta con información sobre la prevalencia de la violencia hacia las lesbianas. Sin embargo, la información existente da cuenta que ésta se desarrolla en el espacio familiar, en el que la discriminación por género y por orientación sexual se entrecruzan para constreñir y controlar la sexualidad de las mujeres lesbianas.

En el servicio Warmi Wasi, impulsado por la Municipalidad Metropolitana de Lima en la gestión de Susana Villarán, se registraron 11 casos de violencia perpetrada contra lesbianas, la mayoría de violencia familiar, seguida de maltrato por extraños y acoso laboral. En el caso de la violencia familiar los perpetradores eran los padres así como los familiares de la pareja de la víctima.

Otra forma de violencia explícitamente dirigida contra las lesbianas es la denominada “violación correctiva”, es decir, la violación sexual que tiene la intención de “corregir” y “disciplinar” la sexualidad lésbica. Así se pretende “hacerlas mujeres” y colocarlas en el “verdadero y único camino”: la heterosexualidad.

Por su parte, l@s activistas entrevistad@s para esta investigación coinciden en que una de las formas usuales de violencia contra las lesbianas, al menos para las que son madres, es el iniciar procesos de tenencia y patria potestad con la intención de quitarles a l@s hij@s. A veces, algunas de sus ex parejas hombres las chantajean por su orientación sexual para no pasar pensión para l@s hij@s e incluso impiden que rehagan sus vidas con parejas mujeres.

La Policía: represora de afectos y perpetradora de agresiones

Como se ha mencionado, las expresiones públicas de afecto de gais y lesbianas no suelen ser toleradas y, por el contrario, se accionan dispositivos de control para mantener el status quo de la heterosexualidad.

Uno de esos dispositivos es la violencia y el abuso de autoridad, que quedó muy bien expresado el 12 de febrero de 2011 durante la actividad llamada Besos contra la homofobia, en la que un escuadrón de la Policía golpeó brutalmente a un grupo de activistas al que incluso persiguió por los alrededores de la Plaza Mayor de Lima (lugar donde se dieron los hechos) luego de haberse dispersado.

Además de los insultos y golpes, las diferencias identitarias entre gais y lesbianas se hicieron evidentes cuando, según las agraviadas, los policías realizaron tocamientos indebidos a las mujeres, con lo que se confirma la tesis de que el género marca experiencias diferenciadas de violencia.

Conozca esta historia contada por l@s propi@s protagonistas:

En relación al acceso a la justicia, este caso representó un claro ejemplo de cómo el prejuicio y la discriminación afectaron este derecho. Pese a que l@s agraviad@s presentaron pruebas contundentes de la agresión (videos, fotos), el Ministerio Público resolvió no ha lugar la denuncia por falta de evidencia. Sepa quienes fueron l@s denunciantes y l@s imputados:

“Siento que me ha atacado un fantasma”

Francisco San Martín es un ciudadano gay de 50 años, sicólogo de profesión pero dedicado a su pasión que es el diseño gráfico. Debido a la inseguridad ciudadana en su distrito (Breña – Lima) y particularmente en el edificio en el que vive, al que cualquiera entra como “Pedro por su casa”, decidió grabar con su celular a personas que le eran desconocidas.

Eso hizo el 19 de marzo pasado cuando personas desconocidas se encontraban dentro de su edificio, frente a su departamento, y que luego de percibir que estaban siendo filmadas, empezaron a agredirlo físicamente en un ataque con tintes homofóbicos.

Veamos el relato de Francisco en relación a los hecho y a su posterior denuncia para obtener justicia:

Como se desprende de la historia, a pesar de que la responsable fue plenamente identificada antes de realizar la denuncia y la víctima presentaba lesiones y denunciaba agresiones físicas, el policía que registró la denuncia no consignó el nombre de la agresora y tipificó los hechos como “faltas contra la persona – agresión sin daño” (artículo 443 del Código Penal), es decir, el tipo penal que solo  sanciona a aquel que arroja a otro objetos de cualquier clase, invisibilizando las lesiones físicas generadas.

Acá la copia de la denuncia y las fotos facilitadas por Francisco que demuestran las lesiones producto del ataque:

Asimismo, el testimonio de Francisco evidencia las dificultades que existen para que la población LGBTIQ acceda a servicios jurídicos especializados que den orientación y acompañamiento en todo el proceso legal.

Si bien existen los consultorios jurídicos gratuitos y los abogados de oficio en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS), éstos no han desplegado una estrategia de difusión hacia esta población que se encuentra en situación de vulnerabilidad, más allá de su capacidad económica, por la situación de discriminación existente.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) monitorea los casos de ataques violentos contra personas de la diversidad sexual en los países que conforman la Organización de Estados Americanos. En diciembre de 2014 publicó el comunicado de prensa 153/14 en el que se revela que 594 personas LGBTIQ (o que eran percibidas como tales) fueron asesinadas y 176 sufrieron ataques graves. 25 de estos casos corresponden al Perú.

Ante la ausencia de datos oficiales por los Estados miembros, la CIDH debió crear su propio registro a partir de fuentes complementarias. Una de las principales constataciones es que “Muchos casos de violencia contra personas LGBT no se denuncian ya que muchas personas, temiendo represalias, no quieren identificarse como LGBT o no confían en la policía o en el sistema judicial”.

Una encuesta del MINJUS, elaborada por ESAN a pedido de dicha cartera, es la única aproximación oficial, es decir, desde el Estado, que da cuenta de la situación de las personas LGBTIQ. Acá uno de los resultados que confirma la situación de vulnerabilidad de esta población:

El primer obstáculo es el policial

Durante esta investigación se ha identificado que uno de los principales nudos críticos en el acceso a la justicia se da a nivel policial, en muchas ocasiones con participación de los municipios a través de su personal de Serenazgo.

De hecho, la Policía Nacional del Perú y el Serenazgo son las dos instituciones, según la percepción de la población, que menos respetan los derechos de la población sexualmente diversa. Así lo demuestra el informe final de un estudio sobre percepciones elaborado por Sandro Macassi (Instituto de Opinión Pública de la PUCP) en el marco de la Fase I de la Décima Ronda (ver parte 1 de esta investigación).

Por ello conversamos con Alejandro Silva, Director General para la Seguridad Democrática y encargado de la Dirección de Derechos Fundamentales para la Gobernabilidad del Ministerio del Interior (MININTER), quien nos informó de las iniciativas y desafíos en la PNP para garantizar el acceso a la justicia para la población LGBTIQ:

Contando a l@s muert@s

Si bien la información sobre población LGBTIQ es casi inexistente en las diversas entidades estatales, actualmente se está desarrollando una investigación sobre muertes violentas en esta población, iniciativa del MINJUS ejecutada por el Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Público, en el marco del trabajo de una instancia multisectorial llamada Comisión Nacional contra la Discriminación (CONACOD).

Un antecedente a este trabajo son los reportes que sobre feminicidio ha venido impulsado dicho Observatorio. Por ejemplo, sin considerarlo feminicidio pero visibilizando la situación, esta instancia técnica de la Fiscalía reportó que en 2010 ocurrieron ocho homicidios a varones por parte de sus parejas del mismo sexo, mientras que en 2011 la cifra fue de siete homicidios.

Conversamos con Juan Huambachano, Gerente del Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Público, quien nos reveló en exclusiva algunas cifras de los hallazgos preliminares del estudio sobre muertes violentas. Por ejemplo, entre 2012 y 2014 se han identificado 35 muertes violentas (homicidios, robos con consecuencia de muerte, etc.), cifras mayores a lo que señalan los reportes de sociedad civil, que se nutren principalmente de los asesinatos aparecidos en medios de comunicación.

*NOTA: Este artículo se publicó en abril del año 2015 en una sección antigua de la página web de Crónicas de la Diversidad que ya no existe.

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