Investigación elaborada por Crissthian Manuel Olivera Fuentes y Jeannette Llaja Villena producto del concurso regional “Valorando la justicia: investigaciones periodísticas sobre transparencia judicial”. Lima, 18 de abril de 2015
Panorama general
El sistema de justicia en Perú lamentablemente es aún bastante homo/lesbo/tranfóbico, por lo que muchos de l@s jueces y, en general, cualquier operador de justicia (policías, fiscales), suelen aplicar al pie de la letra lo que señala la norma, ni más ni menos. No son capaces de interpretarla, de expandir sus alcances, solo son ejecutores del Derecho, no creadores de él.
La función política y simbólica que cumplen está al servicio del status quo heteronormativo, es decir, el que considera a la hterosexualidad como la única norma legítima que regula el comportamiento y la interacción de las personas en el plano de la sexualidad y la afectividad.
Si no se menciona expresamente a l@s LGBTIQ (lesbianas, gais, bisexuales, trans, intersexuales y queers) invocan rápidamente al principio de legalidad (o más bien de literalidad) como una estrategia para justificar su negativa a ofrecer una justicia real y efectiva a las víctimas.
Esconden bajo una supuesta objetividad jurídica sus propios prejuicios y rechazo hacia las personas de la diversidad sexual, los mismos que se (retro)alimentan de los imaginarios sociales de la sociedad en su conjunto (iglesias, medios de comunicación, sistema educativo, etc.).
Esta es la primera gran barrera que enfrentan l@s LGBTIQ en Perú: un sistema de justicia con altos índices de homo/lesbo/transfobia, con mucho desconocimiento sobre las implicancias y alcances de los derechos humanos y con un pensamiento generalmente cuadriculado al momento de ejecutar las normas que, se supone, debieran ampararles como a cualquier otr@ ciudadan@.
Un sistema de justicia con estas características y una pobre legislación y jurisprudencia nacional favorable, que ni siquiera es conocida, entendida o llevada a la práctica, desincentivan las denuncias y la judicialización de los casos de personas LGBTIQ.
Por ello, es de suma importancia que el movimiento de la diversidad sexual mejore sus niveles de articulación y capacidad de incidencia, con miras a lograr políticas y normas que rompan con el círculo vicioso de la impunidad, el silencio y la complicidad: si no hay especificidad o mención explícita de estas poblaciones, no hay denuncias; si no hay denuncias, no hay evidencia que acredite la necesidad de un lugar propio en la justicia.
Machetero, cuchillero y botellero: la brutal violencia lesbofóbica
Como un machetero, cuchillero y botellero se asumía Francisco Vásquez Saldaña, digno representante del machismo que mata, que marca, que pretende exterminar lo que no entiende y no es igual a él.
Conozcamos el terrible caso de Pilar Fachín:
Víctima | Pilar Fachín Palma |
Denunciado | Francisco Vásquez Saldaña |
Delito | Feminicidio en grado de tentativa |
Lugar | Yurimaguas |
Representantes | PROMSEX – Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos |
El intento de feminicidio | El 28 de febrero de 2014, a las 9:30 de la noche aproximadamente, Francisco Vásquez Saldaña, en estado etílico, ingresó a la casa de su madre en la que también vivían su hermana Yorgui Vásquez con su pareja, Pilar Fachín Palma, y el hijo de esta última.Francisco Vásquez empezó a agredir a Yorgui, golpeándole la cara, lanzándola al piso y pateándole. Ante esta situación, Pilar Fachín, que se encontraba fuera, ingresó a la casa para defenderla y recibió del agresor un “machetazo” en el rostro y patadas y golpes en su cabeza, incluso cuando ella estaba en el suelo desmayada, todo en presencia de su hijo. Pilar fue llevada inmediatamente a un centro de salud, transferida luego al hospital de Santa Gema (Yurimaguas) y posteriormente al hospital Hipólito Unanue (Lima), por la gravedad de las lesiones. La familia de Francisco Vásquez trató de hacer un pacto económico (tres mil nuevos soles) con Pilar Fachín para dar por concluida la denuncia. |
Acceso a la Justicia | A las 10 de la noche del 28 de febrero de 2014, la Comisaría PNP de Yurimaguas recepcionó una llamada telefónica que denunciaba los hechos, luego de lo cual el personal intervino el domicilio de Francisco Vásquez a quien se le detuvo.El 1 de marzo de 2014 la Segunda Fiscalía Provincial de Alto Amazonas formalizó la investigación contra e imputado por feminicidio en grado de tentativa.El 23 de julio de 2014 Pilar Fachín se presentó al Instituto de Medicina Legal de Lima con el objetivo que se realice un examen psicológico, lugar en el que fue víctima de maltrato y discriminación por personal de la División Clínico Forense – Psicología Forense (debido a sus tatuajes y por ser lesbiana fue tratada como drogadicta, ladrona y cuestionaron su sexualidad). Este hecho fue objeto de queja de parte de PROMSEX al Instituto de Medicina Legal, al Ministerio Público y a la Defensoría del Pueblo.El 1 de octubre de 2014 la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Alto Amazonas formuló requerimiento de acusación al Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Alto Amazonas. Propuso la pena de 15 años y una reparación civil de quince mil nuevos soles.El proceso aún está tramitándose. Durante todo este tiempo el acusado está en la cárcel. |
Actuaciones adicionales | En este caso, la Comisión Nacional contra la Discriminación (Conacod), adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, presentó un amicus curiae con el objetivo de que se aplique el artículo 46, numeral 2, inciso “d” del Código Penal, el cual reconoce como agravante del delito si éste se ejecutó bajo móviles de intolerancia o discriminación de cualquier índole. |
El contexto del oriente peruano y la falta de una Ley contra los crímenes de odio
El caso de Pilar Fachín es uno de los poquísimos casos públicos de violencia contra lesbianas. Sin embargo, Alex García, activista de la organización Diversidad Sanmartinense (Disam), nos contó que no ha sido el único caso de la selva peruana contra personas de la diversidad sexual. Acá les presentamos la entrevista que le hicimos:
Como lo mencionó Alex, la necesidad de una Ley específica contra los crímenes de odio, que incluya expresamente las categorías de orientación sexual e identidad de género, es una necesidad y una demanda del movimiento LGBTIQ que nuestro Congreso no supo valorar ni dimensionar pertinentemente cuando le tocó debatir sobre un proyecto que, de haberse aprobado, hubiese sido una herramienta vital para la administración de justicia.
No debemos olvidar que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en sus Observaciones Finales a Perú (2014), expresó su preocupación por la discriminación y la violencia hacia las mujeres por su orientación sexual e instó al Estado a aprobar una ley que proteja a las víctimas y sancione a los perpetradores.
Así mismo, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en sus Observaciones finales a Perú (2012), recomendó agilizar la aprobación de legislación específica para prohibir la discriminación por orientación sexual y adoptar medidas para garantizar que lesbianas, gais y trans no sean discriminad@s por su orientación sexual y su identidad de género.
En ese marco, la SENAJU realizó la “Primera encuesta sobre derechos humanos de jóvenes trans, lesbianas, gays y bisexuales” el 30 de junio de 2012, durante la XI Marcha del Orgullo LGTBI de Lima (405 encuestas). L@s jóvenes encuestad@s señalaron mayoritariamente que era necesaria la aprobación de una norma de protección específica:
Así mismo, el Instituto de Opinión Pública de la PUCP, por encargo del INPPARES, realizó un estudio sobre “Percepción de la población general hacia la población trans y gay/HSH, en las regiones de Lima, Callao, Ica, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Ucayali y San Martín” (junio 2012). Como vemos en la siguiente tabla, el estudio reafirmó lo encontrado por la SENAJU:
L@s legislador@s, otra pieza importante en el sistema de justicia, sistemáticamente se han negado a impulsar normatividad específica para la comunidad LGBTIQ, ya sea por cuestiones de juego político entre bancadas y partidos, ya sea por presiones de los poderes fácticos (iglesias, FF.AA), ya sea por un simple cálculo del impacto de su imagen en la opinión pública (y los posibles votos para una reelección).
En el marco de esta investigación conversamos con el congresista Carlos Bruce, autor del proyecto de Ley contra los crímenes de odio, iniciativa que tuvo el infortunio de toparse con la necedad y el más terrible y descarada homo/lesbo/transfobia. Acá su evaluación del destino final del proyecto:
El 27 de marzo de 2014 el congresista José Luna presentó el proyecto de Ley 3306/2013-CR que pretende restarle indefinición y ambigüedad al artículo 46.2.d del Código Penal, es decir, precisar las categorías protegidas contra la discriminación.
Los obstáculos en el acceso a la justicia para l@s LGBTIQ
El Tribunal Constitucional (TC), en su sentencia del Exp. N 050-2004-AI/TC, ha señalado que uno de los deberes del Estado es que “los derechos fundamentales tengan vigencia real, confiriéndoles, para ello, una base y un contenido material mínimo”.
Sin embargo, esto parece no ser cierto para la comunidad LGBTIQ. En una investigación realizada por Ronald Gamarra, llamada “Por una justicia inclusiva. Hacia la protección efectiva de los derechos humanos de las lesbianas, gais, trans y bisexuales contra la violencia y los crímenes de odio por orientación sexual e identidad de género en Perú”, se reveló que los problemas de acceso a la justicia en esta población se dan en todos sus niveles: recurrencia, acceso efectivo, debido proceso, cumplimiento efectivo y reparación.
Algunos obstáculos son: falta de capacitación de personal policial sobre el principio de igualdad y no discriminación, renuencia a tomar la denuncia, omisión de asistencia, demoras en la investigación (examen médico legal fuera de tiempo, manifestaciones tomadas con retraso), desviación de las causas tipificándolas solo contra el patrimonio y no contra la vida, el cuerpo y la salud, dejar que caigan bajo la jurisdicción del juez de paz como faltas y no delitos, archivamientos infundados, sobreseimientos, desestimar las quejas y pedir su nulidad.
Frente a este panorama de obstáculos, las víctimas o sus familiares suelen no denuncian por vergüenza, represalias y desconfianza en el sistema de justicia.
Esto, según Gamarra, ha devenido en la falta de mecanismos para identificar, documentar y analizar casos de personas LGBTIQ y en la falta de instancias especializadas en los órganos de administración de justicia.
La problemática de falta de acceso a la justicia en población LGBTIQ no se sustenta en información, denuncias, investigaciones, estadísticas ni argumentos, amen de que no parece ser visible ni relevante para el propio sistema de justicia.
El estudio señala que cuando la víctima logra interponer la denuncia, se suelen presentar obstáculos que entorpecen el proceso o propician el desaliento de la víctima, que termina por abandonar el caso.En el contexto de esta investigación se aplicó un sondeo virtual por redes sociales para conocer la opinión de las personas LGBTIQ que habían sido violentadas sobre sus motivos para no denunciar los hechos. Fue una sola pregunta de respuesta múltiple que estuvo abierta desde el 20 de marzo al 16 de abril de 2015. Acá los resultados:
En un informe de violencia del colectivo No Tengo Miedo, se determinó que del total de las personas que realizaron una denuncia (31) solo dos resultaron exitosas (6,5%), 12 frustradas (38,7%) y sobre las otras 17 no se conoce el estado de la misma (54,8%).
Esta investigación coincide con la de Gamarra en que hace falta órganos especializados avocados específicamente a personas LGBTIQ y en la falta de sensibilización (especialmente a policías y serenos). Además estima que casi el 90% de casos no se denuncia.
Conversamos con representantes de instituciones defensoras de los derechos humanos de personas LGBTIQ y estas son sus apreciaciones sobre la problemática de la falta de acceso a la justicia:
La voz de l@s propi@s operador@s
Según la investigación de Gamarra, a nivel de operador@s de justicia hay una actitud pasiva. Ell@s esperan que la víctima demuestre con pruebas directas y se resta valor a su testimonio.
De las 11 entrevistas semi estructuradas anónimas y auto aplicadas a jueces y fiscales se obtuvieron, entre otros, los siguientes resultados acerca de sus percepciones sobre personas LGBTIQ:
- Llegan pocos casos y no se puede saber si los recurrentes son LGBTIQ.
- L@s LGBTIQ se involucran sobe todo en casos de integridad física y crímenes pasionales, producto de su “vida disipada”, es decir, “se lo buscan”.
- Tendencia a ubicarlos más como autores de delitos que como víctimas.
- Consideran que la población LGBTIQ no tiene más problemas que los que enfrenta el resto de la población.
- Jueces y fiscales desconocen la realidad de la comunidad LGBTIQ.
- El machismo de fiscales y jueces varones genera una tendencia a corregir.
- Afán de identificar desviaciones a través de pericias.
- Existe vergüenza de ser identificad@s (confundid@s) como LGBTIQ.
Dialogamos con las juezas Elvira Álvarez, Antonia Saquicuray y Janet Tello y a continuación les presentamos su opinión sobre los obstáculos del acceso a la justicia para la población sexualmente diversa:
También entrevistamos al juez Hugo Príncipe, quien, contrariamente a sus pares mujeres y en concordancia con lo identificado en el estudio de Gamarra sobre las diferencias de género, parece personificar las resistencias que el Poder Judicial aún mantiene en relación a la comunidad LGBTIQ. Acá sus declaraciones:
El Consorcio Vía Libre – MHOL – Runa, en el marco del programa “Construyendo capital social para la prevención del VIH y el acceso a la salud integral en trans y gais sin transfobia ni homofobia en el Perú” – Décima Ronda del Fondo Mundial en Perú, aplicó 97 encuestas sobre “Percepciones de las autoridades y operadores de justicia sobre las personas LTGB, sus derechos y el acceso a la justicia, en relación con la orientación sexual e identidad de género” en Lima, Callao, Ica, Lambayeque y La Libertad. Las encuestas se aplicaron el 10 y 12 de diciembre de 2012, el 25 de enero de 2013 y el 27 y 28 de febrero de 2013.
Los resultados nos proporcionan datos reveladores sobre la opinión que tienen sobre la población LGTBIQ. Así por ejemplo, el 5% de operador@s encuestad@s en Lima considera que la mayor visibilidad de esta población se debe a que “se están perdiendo los valores”, el 10.5% cree que las relaciones entre personas del mismo sexo son “dañinas para la sociedad” y un 47.4% opina que las trans son rechazadas debido a su “promiscuidad”.
En Ica al 14.3% de los operador@s encuestad@s le daría tristeza enterarse de la homosexualidad de algún amig@ y el 5.8% l@s rechazaría. Solo el 10% de l@s operador@s de Lambayeque sostiene haber tenido algún caso que involucre a personas LGTBIQ y el 5% considera que no se les trata con respeto en los procesos legales que inician. El 23.8% de operador@s encuestad@s en La Libertad cree que al personal LGTBIQ de las FFAA y de la PNP se le debe dar otra opción de trabajo, mientras que el 76.2% considera que la diversidad sexual debe hacer parte de la formación universitaria y del Poder Judicial.
Invisibles para el Estado
Contar con información diferenciada y específica para determinadas poblaciones vulnerables es de vital importancia para orientar e implementar políticas públicas, incluidas las de justicia.
En el caso que nos ocupa, eso requiere que desde la institucionalidad estatal se diseñen indicadores sensibles a la orientación sexual y la identidad de género.
Lamentablemente, constatamos una vez más que para el Estado la población LGBTIQ no existe, prácticamente no se registra ni documenta cifra alguna que permita mejorar el acceso a la justicia.
Solicitamos información a diversas entidades estatales y este es el cuadro resumen que demuestra lo dicho:
*NOTA: Este artículo se publicó en abril del 2015 en una sección antigua de la página web de Crónicas de la Diversidad que ya no existe. En la publicación original se dieron los siguientes comentarios públicos (click en la imagen para agrandar):